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 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
De acuerdo con los artículos 17 y  68  de la constitución nacional de 1991, los padres de familia son los responsables de la educación de sus hijos. El acudiente  debe ser el padre  o la madre: si el acudido es huérfano o los padres tienen algún impedimento grave,  el acudiente  puede ser alguien que demuestre su compromiso con  el menor en cuanto a su educación, orientación y formación.

DEBERES:
1.     Orientar, colaborar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de los  estudiantes después de la jornada escolar
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2.     Mantenerse en contacto con la institución para hacer  el seguimiento académico y comportamental de los estudiantes.

3.     Cumplir dentro del plazo  fijado con los compromisos económicos fijados en el momento de la matricula.

4.     Justificar personalmente a quien corresponda, los retardos forzosos e inasistencia de los estudiantes y/o por escrito.

5.     Proporcionar los recursos necesarios para el desarrollo del proceso de formación y de aprendizaje; útiles, uniformes entre otros.

6.     Colaborar y velar para que los  estudiantes porten el uniforme de acuerdo con el manual de convivencia en todo momento y lugar que le corresponda.

7.     Tratar cortésmente a todos los miembros de la comunidad educativa.

8.     Presentarse con el estudiante en el momento de la matricula para firmar  el compromiso con la institución.

9.     Conocer  e interpretar junto con el estudiante el manual de convivencia.

10.  proporcionar al estudiante un ambiente adecuado  para el estudio y la formación integral.

11.  Aplicar correctivos familiares en los que se evite  incurrir en castigos físicos o psicológicos.

12.  Presentarse a la institución cuando sea requerido y a la jornada respectiva de su hijo de no cumplirse  este  llamado será a las autoridades competentes (casa de justicia y bienestar familiar).

13.  Programar en la medida de las posibilidades, en jornada contraria las citas médicas u otras a las que deba asistir el estudiante.

14.  Venir  por el estudiante en caso de  solicitar permiso dentro de la jornada escolar o en caso de enfermedad.

15.  Responder por los daños que el estudiante   realice en la institución.

16.  Responder por lesiones personales que el estudiante le ocasione a cualquier miembro de la comunidad educativa.

17.  Involucrar en todo momento y lugar la importancia de la norma, la disciplina, el orden, la responsabilidad y el respeto.

18.  Respetar  el conducto regular en caso de presentaren dificultades académicas o de convivencia.

19.  Colaborar con las actividades asignadas, al pertenecer a las organizaciones de padres que se S/n en la comunidad.

20.  Hacer los reclamos de una manera respetuosa y justa dentro del tiempo fijado por las normas institucionales y legales.

21.  Involucrar el respeto por la honra y los bienes ajenos.


DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

1.   Recibir la información oportuna acerca de la filosofía, proyecto educativo, objetivos del manual de convivencia y programas de la institución, curriculares y boletines de información.

2.   A ser respetados y a recibir buen trato por todos los miembros  integrantes de la comunidad educativa.

3.   A ser informados sobre  los comportamientos inadecuados de sus hijos  que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

4.   A ser informados de las salidas y actividades que la institución programe y autorice para los educandos.

5.   Ser informados oportunamente sobre el rendimiento académico y comportamental de sus hijos.

6.   A que sus hijos reciban oportunamente la información integral de acuerdo con el proyecto educativo institucional.

7.   Conocer los contenidos y logros en las diferentes áreas desde el inicio del año axial como los criterios y parámetros de evaluación que la institución defina de acuerdo con su modulo pedagógico.

8.   Elegir y ser elegido para las  organizaciones  de padres que se crean en la institución educativa: Asociación de padres, consejo directivo, consejo de padres,  escuela de padres etc. de acuerdo a las que exija la ley.

9.   Participar en la comisión de evaluación y promoción en caso de ser elegido como representante de los padres de familia.

10.        Conocer los criterios sobre la promoción de sus hijos.

11.        Recibir informaciones personales y periódicos sobre el proceso  de formación integral de sus hijos.

12.        Participar  activamente en la elaboración del PEI.


13.        Ser atendidos oportunamente por los diferentes estamentos de la institución en un dialogo que fortalezca la educación y la formación de sus hijos.

14.        Participar en los programas de formación de padres que brinde la institución para cumplir adecuadamente con la tarea educativa que le corresponde.

15.        Solicitar constancias y certificados cuando lo necesite bajo los parámetros legales establecidos.

16.        Recibir  información  oportuna  sobre  las actividades  que la institución vaya a realizar.

17.        Proponer iniciativas y sugerencias que ayuden al mejoramiento de la institución dentro de las normas vigentes.

18.        Conocer oportunamente sobre los correctivos estímulos, sanciones y otras medidas que afecten a los estudiantes.

19.        Conocer con antelación al momento de matricula el manual de convivencia para que pueda asumir en forma consciente  y voluntaria sus compromisos y responsabilidades.

20.        Tener la posibilidad de asistir al aula para aprender como enseñar  o para mirar las fortalezas de sus hijos.